Articulo 72 Protección general de las personas consumidoras y usuarias
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»Artículo 72. Órganos de cooperación y coordinación.
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La Administración autonómica competente en materia de consumo promoverá la creación de órganos de cooperación y coordinación entre las distintas administraciones en Galicia para el mejor cumplimento de sus competencias en materia de defensa del consumidor.
