Articulo 72 Reglamento de la Ley de Urbanismo
Artículo 72. Planos de información.
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72.1 Los planos de información del plan de ordenación urbanística municipal tienen que contener la información gráfica sobre las características naturales, ambientales, culturales, socio - económicas, demográficas o del desarrollo urbanístico que sean relevantes para la ordenación urbanística. Entre los planos de información se tienen que incluir, en todo caso, los relativos a los aspectos siguientes:
Características topográficas del territorio, con expresión de los límites de pendiente del 20%, y red hídrica.
Usos y aprovechamientos del suelo existentes.
Áreas vulnerables por la existencia de riesgos naturales, geológicos o tecnológicos y áreas afectadas por impactos ambientalmente relevantes.
Ámbitos y elementos objeto de protección de acuerdo con la legislación sectorial aplicable o de acuerdo con el planeamiento territorial o los planes directores urbanísticos.
Redes generales de servicios existentes, con indicación de las redes principales de distribución de energía eléctrica, de telecomunicaciones, de abastecimiento y distribución de agua, de hidrantes para incendio, de saneamiento, de abastecimiento y, en su caso, de distribución de gas.
Red general viaria y de ferrocarriles, existentes o planificadas, a efectos de delimitar su rango, las posibilidades de utilización de los puntos de acceso, y las servidumbres y restricciones del territorio impuestas por la legislación sectorial respectiva, y otras infraestructuras de interés general.
Mapas de vulnerabilidad y capacidad del territorio en cuanto a la contaminación atmosférica, mapas de protección de la contaminación luminosa y mapas de capacidad acústica, en el supuesto de que se hayan elaborado o aprobado, de acuerdo con lo que dispone la legislación sectorial.
72.2 Los planos de información tienen que ser elaborados sobre la base de la información geográfica oficial disponible, se tienen que realizar sobre cartografía digital, a una escala 1:5.000, y se tienen que materializar sobre soporte físico a escala no inferior a 1:10.000.
