Articulo 72 Reglamento so...adiactivas

Articulo 72 Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas

Ver Indice
»

Artículo 72. Archivo de documentos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


El titular de la autorización está obligado a archivar todos los documentos y registros que se exijan en este Reglamento, en otras disposiciones aplicables y en los permisos concedidos durante los períodos de tiempo que, en cada caso, se establezcan.