Artículo 73 bis Cajas de ... de Madrid

Artículo 73 bis Cajas de Ahorros de Madrid

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Artículo 73 bis. Informe de Gobierno Corporativo.

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En los términos previstos en la normativa básica estatal, las Cajas de Ahorros deberán hacer público con carácter anual un informe de gobierno corporativo, que incluirá el informe anual de la Comisión de Inversiones, que deberá remitirse a la Consejería competente en los mismos plazos que a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.