Articulo 73 Educación de Cataluña
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»Artículo 73. Clasificación de los centros educativos
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1. Los centros educativos se clasifican en públicos y privados.
2. Son centros educativos públicos los centros cuya titularidad corresponde a una administración pública.
3. Son centros educativos privados los centros cuya titularidad corresponde a una persona física o a una persona jurídica de carácter privado.
