Articulo 73 Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Poblacion de las Entidades Locales de Aragon
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»Artículo 73. Territorio comarcal.
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1. El territorio de cada Comarca está constituido por el conjunto de los términos de los municipios que la integren.
2. En todo caso, la Comarca deberá tener continuidad territorial.
3. Un municipio sólo puede pertenecer a una Comarca.
