Articulo 73 Ley 2/2003, d..., Vivienda

Articulo 73 Ley 2/2003, de 30 de enero, Canarias, Vivienda

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Artículo 73. Objeto.

Vigente

El Plan de Vivienda es el instrumento de ordenación, programación y coordinación de la actividad de fomento de vivienda y suelo que realicen las administraciones públicas competentes, con el fin de atender las necesidades de vivienda existentes en Canarias y hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada.