Articulo 73 Medidas fiscales, financieras y administrativas
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»Artículo 73. Modificación de la regulación de la Agencia de Calidad y Evaluación Sanitarias de Cataluña
Vigente
Se modifica la letra a del artículo 3 del Decreto
«a) Definir, de acuerdo con las directrices del departamento competente en materia de salud, impulsar y desplegar la estrategia del sistema de información para el sistema sanitario que facilite a la Administración sanitaria la información necesaria para la evaluación de la calidad de la asistencia sanitaria y gestionarla generando conocimiento del sistema.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-03-2015 en vigor desde 14-03-2015