Articulo 73 Reglamento de... de Aragon

Articulo 73 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragon

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Artículo 73. Uso común general.

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El uso común general es aquel que puede ejercer libremente cualquier ciudadano utilizando el bien de acuerdo con su naturaleza y con las disposiciones que lo reglamenten.