Articulo 73 Reglamento de...de Navarra

Articulo 73 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 73. Suerte de banderillas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Ordenado por el Presidente el cambio de tercio, se procederá a banderillear a la res colocándola no menos de dos ni más de tres pares de banderillas.

2. Los banderilleros actuaran de dos en dos, según orden de antigüedad, pero el que realizase tres salidas en falso, perderá el turno y será sustituido por el tercer compañero.

3. Los espadas, si lo desean, podrán banderillear a su res pudiendo compartir la suerte con otros espadas actuantes. En estos casos no será de aplicación lo dispuesto en el apartado siguiente.

4. Durante este tercio, en los medios, a espaldas del banderillero actuante se colocara el espada a quien corresponda el turno siguiente, y el otro detrás de la res. Asimismo, se permitirá la actuación de dos peones que auxiliaran a los banderilleros.