Articulo 73 Servicios sociales
Articulo 73 Servicios sociales

Articulo 73 Servicios sociales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 73. Plan de formación e investigación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Consejería competente en materia de servicios sociales elaborará un Plan de formación y un Plan de investigación, con la finalidad de conseguir los objetivos mencionados en los artículos precedentes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-04-2003 en vigor desde 15-04-2003