Articulo 73 TR Ley Genera...da Pública

Articulo 73 TR. Ley General de la Hacienda Pública

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Artículo 73. Funciones de la Tesorería General.

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Son funciones encomendadas a la Tesorería General de la Junta de Andalucía:

  1. Recaudar sus derechos y pagar sus obligaciones.

  2. Servir al principio de unidad de caja, mediante la centralización de todos los fondos y valores generados por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.

  3. Distribuir en el tiempo y en el territorio las disponibilidades necesarias para la satisfacción puntual de sus obligaciones.

  4. Responder de sus avales.

  5. Realizar las demás que se establezcan o se relacionen con las anteriores.