Articulo 732 TR. Ley Concursal
Articulo 732 TR. Ley Concursal

Articulo 732 T.R. Ley Concursal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 732. Regla general.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Excepto en lo previsto en este capítulo, el concurso territorial se regirá por las mismas normas que el concurso principal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020