Articulo 74 -Banco de España- Supervisión y solvencia de entidades de crédito
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Norma 74. Publicidad de la eliminación de un límite a la concentración a un sector de actividad económica.

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Norma 74. Publicidad de la eliminación de un límite a la concentración a un sector de actividad económica.

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Sin perjuicio de la notificación a las entidades afectadas de la resolución adoptada, cuando el Banco de España considere que debe eliminarse un límite a la concentración a un sector de actividad económica, publicará en su sitio web un anuncio en el que incluirá, como mínimo, la siguiente información:

a) La decisión de eliminar el límite a la concentración.

b) El momento a partir del cual la eliminación del límite será eficaz.

c) Los factores que el Banco de España ha considerado relevantes para determinar la eliminación del límite.