Articulo 74 Gestión Piscícola de Navarra
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Artículo 74. Reducción de sanciones.

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La reducción de las sanciones se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.