Articulo 74 Pesca Marítim... Cantabria

Articulo 74 Pesca Marítima, Marisqueo y Acuicultura de Cantabria

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Artículo 74. Otras entidades representativas del sector pesquero.

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Las asociaciones de armadores, así como las demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y las organizaciones sindicales de profesionales del sector tendrán la consideración de entidades representativas a efectos de su interlocución y colaboración en la toma de aquellas decisiones que puedan afectar a los intereses que representan.