Artículo 74 Presupuestos Generales 2025 de la Comunidad de Madrid
Artículo 74. Importe de la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores de la Comunidad de Madrid para 2025
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.3 de la Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, con efectos a partir de 1 de enero de 2025, el importe de la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores de la Comunidad de Madrid recogida en el Decreto 44/2022, de 29 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la prestación económica para apoyar el acogimiento familiar de menores de la Comunidad de Madrid, se fija en las siguientes cuantías:
a) Por acogimiento de carácter general: 400 euros mensuales por menor en acogida.
b) Por acogimiento de carácter especial: 600 euros mensuales por menor en acogida.
c) Por integración en el Programa de Acogimiento de Urgencia: 1.600 euros mensuales.
