Articulo 74 Régimen jurídico de la Administración de la Comunidad
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»Artículo 74. Representación de los entes instrumentales
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (74 (se deroga)) por Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector publico instrumental de la comunidad autonoma de las Illes Balears
(PM de 29-07-2010) en vigor desde 30-07-2010 - Artículo modificado (74) por Ley 10/2003, de 22 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas
(PM de 29-12-2003) en vigor desde 01-01-2004
