Articulo 74 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
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»Artículo 74. -Información periódica de los organismos autónomos forales.
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El departamento al que se encuentre adscrito el organismo autónomo foral será informado de la emisión de información, que sobre el mismo realice el departamento de Hacienda y Finanzas a las Juntas Generales.
