Articulo 74 Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses
- Norma derogada, en cuanto se oponga, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1451/2005, de 7 diciembre. - REAL DECRETO 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provision de Puestos de Trabajo y Promocion Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administracion de Justicia.
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»Artículo 74. Cambio de situaciones administrativas.
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1. El cambio de las situaciones administrativas en que se hallen los médicos forenses podrá tener lugar siempre que reúnan los requisitos exigidos en cada caso, sin necesidad del reingreso previo al servicio activo.
2. En el supuesto de que la nueva situación conlleve el derecho a la reserva de un puesto de trabajo, los médicos forenses podrán participar en convocatorias de concurso para la provisión de puestos de trabajo, permaneciendo en la situación que corresponda y reservándoseles un puesto de iguales retribuciones a las del puesto obtenido en el mismo municipio.
