Artículo 75 Acuerdo resp..., por otra

Artículo 75. Acuerdo respecto a Gibraltar entre la UE y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido e Irlanda del Norte, por otra

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Artículo 75. Formas de delincuencia

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1. La cooperación establecida en virtud del presente capítulo está relacionada con las formas de delincuencia que son competencia de Europol y que figuran en el anexo 10, incluidas las infracciones penales conexas.

2. Se entenderá por infracciones penales conexas las infracciones penales cometidas para procurarse los medios de perpetrar las formas de delincuencia a que se refiere el apartado 1, las infracciones penales cometidas para facilitar o perpetrar tales delitos y las infracciones penales cometidas para asegurarse la impunidad por ellos.

3. Cuando se modifique la lista de formas de delincuencia que son competencia de Europol en virtud del Derecho de la Unión, el Comité Especializado en Circulación de Personas podrá, a propuesta de la Unión, modificar el anexo 10 en consecuencia, a partir de la fecha en la que entre en vigor el cambio en las competencias de Europol.