Articulo 75 Administración local de La Rioja
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»Artículo 75. Creación por Ley.
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1. Por Ley de la Comunidad Autónoma podrá crearse una entidad metropolitana integrada por el municipio de Logroño y los de su entorno que requieran una gestión integrada de determinados servicios básicos.
Dicha Ley determinará:
Su delimitación territorial.
Sus órganos de gobierno y administración, en los que deberán estar presentes todos los municipios integrados en la entidad metropolitana.
Sus competencias, entre las que figurará la planificación, coordinación y gestión de aquellos servicios que hagan necesaria una actuación de alcance supramunicipal.
2. El Gobierno de La Rioja someterá el correspondiente Anteproyecto de Ley a informe de los Ayuntamientos afectados y audiencia de la Administración del Estado.
