Articulo 75 Cambio climático y transición energética de I. Balears
Ver Indice
»Artículo 75. Reconocimiento de iniciativas
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Reglamentariamente se establecerá un sistema de reconocimiento basado en sellos, distintivos o premios autonómicos para recompensar el compromiso de la ciudadanía, de las empresas y de las entidades públicas y privadas con la transición energética, el uso de energías renovables, los objetivos de ahorro y eficiencia energética, la mitigación del cambio climático o la igualdad en el ámbito de la energía.
2. Reglamentariamente podrán establecerse y regularse los distintivos y las calificaciones que reconocen a aquellos municipios que hayan conseguido más reducciones de emisiones o penetración de generación de energías renovables.
