Articulo 75 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
Ver Indice
»Artículo 75. Participación de las mujeres en los Consejos de administración de las sociedades mercantiles.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las sociedades obligadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias no abreviada procurarán incluir en su Consejo de administración un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres en un plazo de ocho años a partir de la entrada en vigor de esta Ley.
Lo previsto en el párrafo anterior se tendrá en cuenta para los nombramientos que se realicen a medida que venza el mandato de los consejeros designados antes de la entrada en vigor de esta Ley.
