Artículo 75. Ley 9/2026, de 23 de julio, Cantabria, Control Ambiental
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»Artículo 75. Medidas de reconocimiento público.
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Con el fin de reconocer públicamente las actuaciones de la ciudadanía y organizaciones que contribuyan a la protección, conservación y difusión de los valores medioambientales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, la Consejería competente en materia de medio ambiente otorgará distinciones de tipo honorífico con la periodicidad, ámbitos y categorías que reglamentariamente se establezcan.
