Articulo 75 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Articulo 75 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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»Artículo 75
Vigente
Se añade un nuevo apartado 6 al artículo 86 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de Salud de la Comunitat Valenciana, con la siguiente redacción:
6. La inmovilización de productos podrá ser acordada por los inspectores en la correspondiente acta de inspección cuando concurran situaciones de riesgo inminente y extraordinario para la salud pública o sospecha razonable de su existencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2016 en vigor desde 01-01-2017