Articulo 75 Montes
Ver Indice
»Artículo 75. Proporcionalidad.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Dentro de los límites establecidos en el artículo anterior, las sanciones se impondrán atendiendo a las circunstancias del responsable:
a) (Suprimida)
b) Grado de culpa.
c) Reincidencia.
d) Beneficio económico obtenido por el infractor.
Modificaciones
- Artículo modificado (75 (letra a) se suprime)) por Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes.
(BOE de 21-07-2015) en vigor desde 21-10-2015
