Artículo 75 Presupuestos Generales para 2026 de la Comunidad Autónoma de Canarias
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»Artículo 75. Retención de créditos financiados con remanente de tesorería afectado.
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A excepción de los créditos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), los créditos financiados con remanente de tesorería afectado figurarán en situación de no disponibilidad al inicio del ejercicio hasta tanto se determine la cuantía definitiva de dicho remanente.
