Articulo 75 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
- Norma vigente hasta el 1 de enero de 2027. - DECRETO 91/2026, de 12 de junio, del Consell, de aprobación del Reglamento de festejos tradicionales de bous al carrer de la Comunitat Valenciana.
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»Artículo 75. Devolución de la fianza
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La cantidad afianzada será devuelta por el Ayuntamiento a las personas interesadas en los supuestos siguientes:
1. En el plazo de un mes, tras la comprobación de la no existencia de denuncias fundadas, reclamaciones o procedimientos sancionadores en trámite o sanciones pendientes de ejecución, por el ejercicio de la actividad.
2. A petición del organizador o promotor, a la que acompañará declaración jurada de la no existencia de denuncias o reclamaciones formuladas como consecuencia de la actividad. En este caso, la Administración comprobará, con carácter previo a la devolución, la no existencia de procedimientos sancionadores en trámite.
