Articulo 75 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid -Derogado-
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»Artículo 75. Consideración de la formación acreditada como mérito en procesos de selección y provisión de puestos de trabajo.
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Los Cursos que realice la Academia Regional de Estudios de Seguridad o que ésta homologue, conforme a lo previsto en la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid y en las presentes Normas Marco, serán considerados como méritos valorables, en la forma que se determine por la Comunidad de Madrid, en las fases de concurso de los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de las plantillas de los Cuerpos de Policía Local.
