Articulo 75 ter Reglamento (UE) 2024/1689 de 13 de junio de 2024, DOUE, Normas armonizadas en materia de inteligencia artificial
Artículo 75 ter. Compromisos
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Si, durante uno de los procedimientos previstos en el artículo 75 bis, apartado 2, el operador de que se trate ofrece compromisos para garantizar el cumplimiento de las disposiciones pertinentes del presente Reglamento, la Oficina de IA podrá, mediante decisión, hacer que dichos compromisos sean vinculantes para el operador de que se trate y declarar que no existen motivos adicionales para actuar. La Oficina de IA podrá, previa solicitud o por iniciativa propia, reabrir el procedimiento cuando:
a) se haya producido una modificación significativa de los hechos den los que se haya basado la decisión;
b) el operador actúe en contra de sus compromisos, o
c) la decisión se haya basado en informaciones incompletas, inexactas o engañosas proporcionadas por el operador de que se trate.
Cuando la Oficina de IA considere que los compromisos ofrecidos por el operador afectado no pueden garantizar el cumplimiento efectivo de las disposiciones pertinentes del presente Reglamento, rechazará dichos compromisos en una decisión motivada al finalizar el procedimiento.
- Artículo modificado (se añade) por Reglamento (UE) 2026/1744 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de julio de 2026, por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2024/1689, (UE) 2018/1139 y (UE) 2023/1230 en lo que respecta a la simplificación de la aplicación de normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ómnibus digital sobre IA) (Texto pertinente a efectos del EEE) (DC de 24-07-2026) en vigor desde 27-07-2026
