Articulo 76 2021 PGE

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Artículo 76. Tasa por licencia de empresa ferroviaria.

Vigente

La tasa por licencia de empresa ferroviaria establecida en el artículo 76 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, queda fijada en los siguientes importes:

Por otorgamiento de licencia.

6.000 euros

Por modificación de licencia.

3.000 euros

Por renovación de licencia.

6.000 euros