Articulo 76 Farmacia de Extremadura

Articulo 76 Farmacia de Extremadura

Ver Indice
»

Artículo 76. Infracciones.

nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las infracciones de los preceptos de la presente Ley o de la normativa básica estatal en esta materia, serán objeto de las sanciones administrativas correspondientes, previa instrucción del oportuno expediente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden a que puedan dar lugar.