Articulo 76 Garantía de l... Cantabria

Articulo 76 Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Cantabria

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Artículo 76. Recaudación e informe de sanciones.

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1. La recaudación realizada a través de las sanciones impuestas según lo recogido en este Título, será destinado en su integridad a aplicar las medidas incluidas en esta Ley.

2. Con carácter bianual el Gobierno de Cantabria remitirá al Parlamento de Cantabria un informe sobre las infracciones y sanciones impuestas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.