Articulo 76 IRPF Bizkaia -Derogada-

Articulo 76 IRPF Bizkaia -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 76. Concepto de cuota íntegra.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La cuota íntegra será la suma de las cantidades resultantes de aplicar los tipos de gravamen a que se refieren los artículos siguientes a las correspondientes bases liquidables general y del ahorro, respectivamente.