Articulo 76 Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 -2007 PGE-
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»Artículo 76. Tasas aplicables a las entidades de la Zona Especial Canaria.
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A partir de 1 de enero de 2007, las cuantías de las tasas previstas en los artículos, apartados, y letras que a continuación se indican de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, y otras normas tributarias, serán las siguientes.
«Artículo 50. Tasas aplicables a las entidades de la Zona Especial Canaria.
2 d) La cuantía de la tasa de inscripción será de 732,51 euros.
3 d) La cuantía de la tasa anual de permanencia será de 1. 098,76 euros.»
