Articulo 76 Reglamento de la Ley de subvenciones
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Artigo 76. Reintegro por incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión de la financiación pública recibida.

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Procederá el reintegro por incumplimiento de la adopción de las medidas de difusión de la financiación pública recibida cuando el beneficiario no adopte las medidas establecidas en las bases reguladoras ni las medidas alternativas propuestas por la Administración y previstas en el artículo 20º.2 de este reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-01-2009 en vigor desde 01-03-2009