Articulo 76 Servicios Sociales de Murcia

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Artículo 76.- Publicidad activa.

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La consejería competente, para dar cumplimiento a sus obligaciones de publicidad activa en relación con los conciertos, publicará en el Portal de la Transparencia, como mínimo, la siguiente información:

1. Las partes firmantes.

2. Su objeto y plazo de duración.

3. Las modificaciones y prórrogas realizadas.

4. Las prestaciones a que se obliguen las partes y, específicamente, las obligaciones económicas que, en su caso, se hubieran acordado.