Articulo 76 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»Artículo 76. Modificación de la disposición final tercera de la Ley 12/2008
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Se modifica el apartado 4 de la disposición final tercera de la Ley 12/2008, que queda redactado del siguiente modo:
"4. Se faculta al consejero o consejera del departamento competente en materia de seguridad industrial para establecer, si procede, el importe máximo de las tarifas a las que se refiere el artículo 28."
