Articulo 76 TR. Ley de cooperativas
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»Artículo 76. Cooperativas de enseñanza de trabajo asociado.
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Son aquéllas que asocian a profesores y personal no docente y de servicios al objeto de desarrollar actividades docentes en sus distintos niveles, etapas y modalidades, pudiendo realizar también actividades extraescolares, conexas y complementarias a las mismas.
