Articulo 76 Uso estratégico de la contratación pública
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Artículo 76. Presentación electrónica de ofertas.

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1. La oferta se presentará en la Plataforma de Contratación del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Aragón en un único sobre electrónico, en los supuestos en que el procedimiento no contemple criterios de adjudicación cuya cuantificación dependa de un juicio de valor. En caso contrario, la oferta se presentará en dos sobres electrónicos.

No podrán incluirse, en un mismo sobre electrónico, documentos que contengan la oferta sometida a criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor y la oferta que se someta a valoración automática. El incumplimiento será causa de exclusión de la oferta.

2. Para el caso de que la oferta deba presentarse en dos sobres electrónicos, la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos se introducirá en el sobre electrónico que deba abrirse en primer lugar. En su caso, la subsanación de esta documentación dejará en suspenso la valoración de todas las ofertas durante un plazo máximo de tres días a contar desde el requerimiento.

3. Todos los documentos electrónicos individualizados y el sobre electrónico estarán firmados por quien represente a la empresa licitadora. Solo se admitirán sistemas de firma electrónica previstos en la legislación básica estatal, careciendo de validez las firmas manuales escaneadas.

4. A los efectos establecidos en esta ley, se entiende por documento electrónico la información de cualquier naturaleza en forma electrónica, archivada en un soporte electrónico según un formato determinado y susceptible de identificación y tratamiento diferenciado. Asimismo, se entiende por sobre electrónico toda estructura de datos que permite agrupar uno o más documentos electrónicos de las empresas licitadoras para su envío telemático a través de un canal seguro.