Articulo 77 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Ver Indice
»Artículo 77. Definición y fines.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Al Claustro universitario, que es el máximo órgano de representación de la comunidad universitaria, le corresponde conocer y debatir la gestión de la Universidad y las líneas generales de actuación en los distintos ámbitos de la vida universitaria.
