Artículo 77. Ley 3/2026, de 13 de marzo, Andalucía
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»Artículo 77. La gestión forestal como herramienta para la mitigación del cambio climático.
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Los tratamientos selvícolas y las actuaciones activas de repoblación forestal, incluidas las de restauración de zonas incendiadas, podrán ser reconocidas como proyectos de absorción de emisiones a efectos de lo dispuesto en la normativa de cambio climático.
