Articulo 78 Acogimiento f...en Euskadi

Articulo 78 Acogimiento familiar en Euskadi

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Artículo 78. Reserva de datos.

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Los datos inscritos en el Registro de personas acogedoras tendrán carácter reservado y se garantizará la confidencialidad, seguridad e integridad de los mismos, así como su utilización para los procedimientos relativos al acogimiento familiar de personas menores de edad, sin que puedan ser objeto de comunicación o cesión más que en los casos previstos en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.