Articulo 78 Coordinación ...de Galicia

Articulo 78 Coordinación de policías locales de Galicia

Ver Indice
»

Artículo 78. Faltas disciplinarias.

Vigente

Las faltas disciplinarias en que puede incurrir el personal de los cuerpos de Policía local podrán ser muy graves, graves o leves.

Modificaciones