Articulo 78 Derecho de la...a machista

Articulo 78 Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista

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Artículo 78. Cesión de datos.

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Las administraciones públicas competentes deben cederse mutuamente los datos de carácter personal necesarios, con el fin de poder gestionar de forma adecuada los servicios de la Red de Atención y Recuperación Integral y las prestaciones económicas establecidas por esta ley, así como otros que se establezcan por ley, relacionados con la violencia machista. A tal efecto debe crearse un fichero específico, que debe ser regulado por reglamento.