Articulo 78 Derechos y Atención a Personas con Discapacidad
Articulo 78 Derechos y At...scapacidad

Articulo 78 Derechos y Atención a Personas con Discapacidad

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 78. Toma de conciencia social.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Administración de la Junta de Andalucía arbitrará medidas de información, formación y de toma de conciencia social, dirigidas a toda la población, para promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-10-2017 en vigor desde 24-10-2017