Articulo 78 Derechos y Atención a Personas con Discapacidad
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»Artículo 78. Toma de conciencia social.
Vigente
La Administración de la Junta de Andalucía arbitrará medidas de información, formación y de toma de conciencia social, dirigidas a toda la población, para promover la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-10-2017 en vigor desde 24-10-2017