Artículo 78. Naturaleza jurídica y finalidad del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal.
Artículo 78. Naturaleza jurídica y finalidad del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal.
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1. Las ayudas a los ayuntamientos previstas con cargo al Fondo, adoptan la forma de subvenciones y se conceden de forma directa, en aplicación de lo previsto en los artículos 22.2, b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 168.1.b) Ley 1/2015, de 6 de febrero de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, rigiéndose el procedimiento de concesión por las disposiciones recogidas esta norma y su desarrollo reglamentario, así como por lo dispuesto en la Ley 1/2015, de 6 de febrero de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana.
2. Para que sea exigible el pago de las subvenciones impuestas por esta norma será necesaria la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente ejercicio económico.
3. Las ayudas del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal de la Comunitat Valenciana podrán financiar las actividades, obras, servicios y suministros contemplados en la planificación de prevención de incendios forestales y en los instrumentos técnicos de gestión forestal aprobados por la Generalitat en función de la naturaleza de los créditos presupuestarios, corrientes o de capital, que al efecto se recoja anualmente en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana.
3. Esta financiación será compatible para las entidades locales con la percepción de las aportaciones de las líneas específicas del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana, del Fondo de Cooperación Municipal para la lucha contra el despoblamiento de los municipios de la Comunitat Valenciana y del Fondo de Cooperación Municipal para los municipios turísticos de la Comunitat Valenciana, así como con aquellas que se puedan crear legal o reglamentariamente.
- Artículo modificado (78 (se añade)) por DECRETO LEY 1/2023, de 13 de enero, del Consell, de modificación de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunidad Valenciana para la creación del fondo estratégico municipal de prevención de incendios y gestión forestal
(GV de 16-01-2023) en vigor desde 17-01-2023
