Articulo 78 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
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»Artículo 78.
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Se modifica el apartado 2 del artículo 32 de la Ley de La Generalitat 2/1987, de 9 de abril, de Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
2. Los órganos competentes para la incoación de los procedimientos sancionadores y para la imposición de las correspondientes sanciones se determinarán reglamentariamente.
