Artículo 78 Medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y prórroga de determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social
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»Artículo 78. Límite de la cuantía de las pensiones públicas.
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En tanto se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2025 el límite máximo establecido para la percepción de las pensiones públicas del sistema de Seguridad social y clases pasivas causadas en 2025 será de 3.267,60 euros mensuales o 45.746,40 euros anuales.
